4.- FACULTADES DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS – Controles
4.- FACULTADES DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Este Comité recomendó en el Acta N° 1 adoptada por la Decisión Administrativa (JGM) N° 483/20 que se encomendara a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS la habilitación de los instrumentos sistémicos necesarios para las empresas que pretendan acceder a los beneficios del Programa y, a través del Acta N° 5 adoptada por la Decisión Administrativa (JGM) N° 663/20, encomendarle la implementación y ejecución del Programa en sus aspectos instrumentales.
Asimismo, con relación al control de los requisitos a que se sujetan los beneficios, en el Acta N° 11, Punto 6, se recomendó solicitar a la AFIP la remisión al BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA y a la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES de la nómina de beneficiarios correspondientes para que efectúen las acciones de control que guardan relación con sus respectivas competencias.