Agentes encubiertos de AFIP clausuraron dos “cuevas” por venta ilegal de dólares
Inspectores encubiertos que simularon ser clientes, realizaron operativos en la Ciudad de Buenos Aires y aunque no realizaron ninguna operación, comprobaron las transacciones que se realizaban. Ninguno de los dos comercios contaba con autorización del BCRA para vender divisas ni emitía comprobantes de las operaciones
Agentes encubiertos de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) clausuraron ayer dos locales comerciales, ubicados en el barrio de Palermo, que vendían de forma ilegal divisas extranjeras. Los inspectores simularon ser compradores, aunque no realizaron ninguna operación, y comprobaron que en ambos establecimientos se cambiaban dólares a seis pesos por cada billete estadounidense.
Durante el procedimiento encubierto, los inspectores constataron que ambas “cuevas” realizaban venta de dólares sin la documentación respaldatoria correspondiente y sin la autorización del Banco Central de la República Argentina (BCRA) para operar como casa de cambio.
Asimismo, tampoco contaban con los elementos técnicos necesarios para cumplir con la Consulta de Operaciones Cambiarias de la AFIP, ni estaban inscriptas ante la AFIP por la actividad real que desarrollaban. Además no exhibían habilitación municipal.
Uno de los comercios está ubicado en la avenida Federico Lacroze al 2300 y, según indicaba en la fachada, se dedica al “envió de dinero rápido y seguro”. El otro, situado en la avenida Olleros al 1700 ni siquiera exteriorizaba la actividad desarrollada.
Durante los procedimientos, el personal encubierto de la AFIP constató la comercialización de las divisas sin la entrega de comprobante alguno. Es decir, absolutamente fuera del circuito legal.
Producto de las irregularidades detectadas y teniendo en cuenta el grave perjuicio que las conductas descriptas ocasionan a la comunidad, se clasuraron preventivamente los locales de acuerdo a lo previsto en el artículo 35 inciso f) de la Ley 11.683 y se dio intervención al Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 7.
Fuente: Ennotas.com