Bienes Personales: la AFIP definió los valores para armar la declaración jurada anual
El fisco dio a conocer, a través de una resolución, los montos a considerar al momento de informar el patrimonio 2011. Fijó la valuación de automóviles, pick-ups y motocicletas. Además, precisó las pautas a seguir a fin de declarar acciones, títulos públicos y activos en moneda extranjera
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ya confeccionó el listado de los valores de referencia que deberán tener en cuenta los contribuyentes para informar el patrimonio al 31 de diciembre pasado, tal como lo requiere el Impuesto sobre los Bienes Personales.
La nueva resolución (AFIP) 3280 establece los montos a computar correspondientes a automóviles, pick-ups y motocicletas. Los mismos varían de acuerdo a la marca, el modelo y el año de fabricación considerado. Para acceder al listado completo haga click aquí.
De esta manera, el fisco fija pautas claras a seguir al momento de determinar lo que constituirá la base del impuesto a ingresar correspondiente al ejercicio 2011
La nueva normativa presenta las tablas a utilizarse, ordenadas mediante los siguientes anexos:
- Anexo I – Valor de los automotores, motocicletas y motos.
- Anexo II – Valor de cotización de las monedas extranjeras.
- Anexo III – Detalle de sociedades y fondos comunes de inversión.
- Anexo IV – Detalle del formato de catastro según la jurisdicción.
- Anexo V – Detalle de entidades financieras.
Con respecto a los automóviles, Marcelo Domínguez, consultor tributario, explicó que «el valor de los autos es asignado por la AFIP en función de la información que le brinda la Superintendencia de Seguros de la Nación. Por lo tanto, es el valor asegurable de los autos de acuerdo a la marca, modelo y año de fabricación».
Liquidación
A fin de efectuar la liquidación correspondiente al ejercicio 2011, se debe tener en cuenta el esquema legal vigente que establece la aplicación de una alícuota de 0% para un total de bienes que no superen los 305.000 pesos.
Asimismo, rige el siguiente esquema progresivo de tasas del tributo:
- Se alcanza con el 0,5% a las personas con patrimonios mayores a $305.000 y menores a 750.000 pesos.
- A partir de ese monto se aplica el 0,75% hasta llegar a un patrimonio de $2 millones.
- Rige una tasa del 1% para los patrimonios que se ubiquen entre los 2 y 5 millones de pesos.
- Quienes excedan los $5 millones tributan el 1,25 por ciento.
Ante tal esquema, Domínguez, advirtió que el problema está dado por los saltos que se producen entre los contribuyentes que tienen similar capacidad contributiva. «Quien tiene bienes por $305.000 paga cero y quién tiene bienes por $305.001, paga $1.525 anuales«, advirtió.