Con la reforma del código civil la obligaciones en dólares se podrán saldar en pesos
La reforma abre las puertas a una conversión a moneda local de las deudas y obligaciones pactadas en billetes verdes
El Gobierno, envió al Congreso una reforma al código civil y comercial que abre las puertas a una conversión a moneda local de las deudas y obligaciones pactadas en billetes verdes.
Dentro de ese proyecto se incluyó un artículo que da la opción de que cualquier obligación que se tome en la Argentina en dólares u otra moneda extranjera pueda ser cancelada en pesos y tomando como referencia el cambio oficial
La reforma dispone que una obligación en cualquier divisa que no sea la de curso legal en el país podrá ser saldada en moneda local, al tipo de cambio oficial.
La reforma al Código Civil da marcha a atrás con el sistema bimonetario que estableció la Ley de Convertibilidad en el gobierno de Carlos Menem.
El artículo 765 explica que “la obligación es de dar dinero si el deudor debe cierta cantidad de moneda, determinada o determinable, al momento de la constitución de la obligación. Si por el acto por el que se ha constituido la obligación, se estipuló dar moneda que no sea de curso legal en la República, la obligación debe considerarse como de dar cantidades de cosas y el deudor podrá liberarse dando el equivalente en moneda de curso legal”.
En tanto el artículo 766 sostiene que “el deudor debe entregar la cantidad correspondiente de la especie designada”.
Fuente: Ennotas.com