– CRÉDITO A TASA CERO – MONOTRIBUTISTAS – Categoria A

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– CRÉDITO A TASA CERO – MONOTRIBUTISTAS
La AFIP informa el grado de avance del beneficio Crédito a Tasa Cero, y en ese marco, distintas situaciones planteadas durante su instrumentación. A partir de ello, el Comité recomienda sustituir el criterio de admisibilidad previsto en el punto 3.4 del Acta Nº 4, con la adecuación de la que da cuenta el punto 8 del Acta Nº 5, por el siguiente texto:

“Que el monto de la facturación electrónica del período comprendido entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2020 haya caído por debajo del promedio mensual de ingreso bruto mínimo de la categoría en la que se encuentren registradas, a excepción de los inscriptos en la Categoría A, supuesto en el que el monto de la facturación electrónica correspondiente a ese período debe resultar menor a la suma de PESOS DIEZ MIL ($10.000)”.

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