Se extiende la obligación de emitir factura electrónica a las operaciones de exportación de servicios. Están alcanzados los comprobantes Facturas de exportación “E”, Notas de crédito y notas de débito “E”.
Rige tanto para el intercambio de la facturación vía web y para quienes opten por el servicio de “Facturación Plus”, para exportaciones que se documenten desde el 1 de febrero de 2015 y para quienes utilicen el servicio de “Comprobantes en Línea” a partir del 1 de enero de 2015. La solicitud deberá ser efectuada por cada punto de venta, que será específico y distinto a los utilizados para documentos emitidos a través de Controlador Fiscal.
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