Impuesto a las Ganancias: Deducciones personales período fiscal 2013

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En una reunión entre el CPCECABA y la AFIP se aclararon los montos de las deducciones personales para Ganancias 2013.

En virtud de la reunión celebrada en el ámbito del Consejo Consultivo Impositivo de la AFIP, nuestro Consejo pone a disposición las deducciones personales a computar en el período fiscal 2013, que fueron informadas en dicha reunión.

1) Respecto de las remuneraciones brutas mensuales de Enero a agosto/2013: hasta $15.000.

Las retenciones sufridas en el periodo de enero a agosto de 2013, son definitivas y por lo tanto no estarán sujetas a devolución, siendo las deducciones a computar las siguientes:

MNI
15.120
Cónyuge
16.800
Hijos
8.400
Otras cargas
6.300
Deducción especial 4°
El monto total que surja como diferencia entre los ingresos totales del año y las deducciones por mínimo no imponible y cargas de familia que le corresponda
al contribuyente.

2) Respecto de las remuneraciones brutas mensuales de Enero a agosto/2013: hasta $25.000.

MNI
16.156,80
Cónyuge
17.952,00
Hijos
8.976,00
Otras cargas
6.732,00
Deducción especial 4°
77.552,64
Domésticos
16.156,80

3) Región Patagónica.

MNI
16.675,20
Cónyuge
18.528,00
Hijos
9.264,00
Otras cargas
6.948,00
Deducción especial 4°
80.040,96
Domésticos
16.675,20

4) Ingresos y sueldos superiores a $25.000 y resto de contribuyentes.

MNI
15.120
Cónyuge
16.800
Hijos
8.400
Otras cargas
6.300
Deducción especial 4°
72.576
Deducción especial
15.120
Domésticos
15.120

 

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