Impuesto a las Ganancias: Deducciones personales período fiscal 2013
En una reunión entre el CPCECABA y la AFIP se aclararon los montos de las deducciones personales para Ganancias 2013.
En virtud de la reunión celebrada en el ámbito del Consejo Consultivo Impositivo de la AFIP, nuestro Consejo pone a disposición las deducciones personales a computar en el período fiscal 2013, que fueron informadas en dicha reunión.
1) Respecto de las remuneraciones brutas mensuales de Enero a agosto/2013: hasta $15.000.
Las retenciones sufridas en el periodo de enero a agosto de 2013, son definitivas y por lo tanto no estarán sujetas a devolución, siendo las deducciones a computar las siguientes:
MNI
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15.120
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Cónyuge
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16.800
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Hijos
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8.400
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Otras cargas
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6.300
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Deducción especial 4°
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El monto total que surja como diferencia entre los ingresos totales del año y las deducciones por mínimo no imponible y cargas de familia que le corresponda
al contribuyente. |
2) Respecto de las remuneraciones brutas mensuales de Enero a agosto/2013: hasta $25.000.
MNI
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16.156,80
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Cónyuge
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17.952,00
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Hijos
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8.976,00
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Otras cargas
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6.732,00
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Deducción especial 4°
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77.552,64
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Domésticos
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16.156,80
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3) Región Patagónica.
MNI
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16.675,20
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Cónyuge
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18.528,00
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Hijos
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9.264,00
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Otras cargas
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6.948,00
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Deducción especial 4°
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80.040,96
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Domésticos
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16.675,20
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4) Ingresos y sueldos superiores a $25.000 y resto de contribuyentes.
MNI
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15.120
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Cónyuge
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16.800
|
Hijos
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8.400
|
Otras cargas
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6.300
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Deducción especial 4°
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72.576
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Deducción especial
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15.120
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Domésticos
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15.120
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