La profunda reforma Fiscal que impulsa Scioli en la provincia

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Necesitado de recursos financieros, el Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, Daniel Scioli, impulsa una profunda reforma fiscal. Los fundamentos, los planteos de los Municipios y el el impacto que tendrá en el Presupuesto 2011, la negociación salarial con los empleados públicos de la Provincia, cuya cifra no estaba contemplada en la denominada Ley de Leyes.

Daniel-Scioli

La Reforma Fiscal que impulsa el Gobernado Daniel Scioli en la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, incorpora una serie de medidas que afecta al inmobiliario Rural; suba de alícuotas de Ingresos Brutos para algunas actividades e incorporación a otras que estaban exentas de ese impuesto, incremento en el impuesto de Sellos y suba en el permiso de endeudamiento de la Provincia en al menos unos 2 mil millones de pesos.

Uno de los fundamentos del gobernador, es el impacto que tendrá en el Presupuesto para este año, la negociación salarial con los empleados públicos de la Provincia, cuya cifra no estaba contemplada en la denominada Ley de Leyes.

En el mensaje del proyecto que el Ejecutivo envió a Legislatura para su aprobación, Scioli admite que la nueva reforma fiscal, surge a partir de los planteos de los Municipios que –asegura- tuvieron que “realizar readecuaciones presupuestarias en virtud del cambio de pautas planteadas para la elaboración de sus Presupuestos”. Un reconocimiento de las quejas de los intendentes, que antes el Ejecutivo había atribuído a “errores de cálculo” de los propios distritos.

“Desde el momento de la aprobación del Presupuesto y la Ley Impositiva 2012 hasta la actualidad, se han sucedido diversas situaciones que ameritan ser contempladas en la programación de las finanzas públicas”, asegura el proyecto del Ejecutivo, entre las que menciona “la política salarial del Gobierno Provincial” para “permitir sostener el nivel de actividad y continuar con la recuperación de la participación de los sectores trabajadores en la distribución del Ingreso” más la decisión del Congreso Nacional de “prorrogar para el año en curso, la asignación específica prevista en la Ley de Financiamiento Educativo”.

La profunda reforma fiscal contempla en sus aspectos más destacados:

Impuesto Inmobiliario Rural:
So pretexto de la “actualización”; se modificarán las bases imponibles y las alícuotas del Impuesto Inmobiliario Rural, además de incorporar las “edificaciones y/o mejoras en la Planta Rural”, al impuesto que en la norma actual tributan “los inmuebles pertenecientes a la Planta Urbana”.

El aumento no alcanzará de todas formas a todos los casos por igual, ya que, según la iniciativa del Ejecutivo, se ejecutará a la suba en función de la división de la Provincia “en circunscripciones” que aportarán en función de diferentes bases imponibles en cada caso o región.

La iniciativa que incluye a los inmuebles de zonas rurales tiene, sin embargo, una excepción, vinculada a un fin ‘productivo’ de los mismos, ya que será bonificado en un 100%, el “impuesto inmobiliario a edificios en Planta Rural y subrural, cuya valuación fiscal no supere los $16.450 y estén en cabeza de personas físicas o sucesiones indivisas, o que estén destinados a establecimientos productivos destinados a la actividad agropecuaria manufacturera”.

En sus fundamentos, la propuesta del Ejecutivo ataca lo que fue el justificativo de reformas anteriores. En efecto, al modificar la base imponible y las alícuotas para el pago de este impuesto, asegura que la manera en la que se han ejecutado subas anteriores –sin tocar esos aspectos- “tornan la progresividad en una expresión de deseo carente de efecto práctico”.

“En consecuencias –sigue la iniciativa- se propone la actualización del valor óptimo por hectárea a los efectos de la valuación general inmobiliaria de la tierra libre de mejoras en las Plantas Rural y Subrural”.

Así, entonces, en la reforma actual que enviará Scioli a la Legislatura, conviven herramientas de mayor presión fiscal, como la modificación de bases imponibles y alícuotas, además tornar tributables los inmuebles Rurales –como los Urbanos-, con otras de alivio fiscal para los contribuyentes, como la eximición de las denominadas “mejoras productivas”.

Reduce excepciones y quita beneficios ‘preferenciales’

En este ítem, Scioli avanza con determinados privilegios de empresas que prestan servicios públicos y quita beneficios a las cooperativas, hasta ahora exentas en parte de afrontar cargas impositivas por alguna de las actividades que prestan. Se trata de una modificación sensible que, de mínima –se especula- puede impactar en las tarifas que los usuarios pagan por recibir ese tipo de bienes y/o servicios que hasta ahora no tributaban.

En sus fundamentos, el Ejecutivo asegura que muchos de ellos fueron concedidos “en contexto de graves crisis”, pero avanza en su eliminación al asegurar que “las circunstancias” que las motivaron, “no se condicen con el escenario económico actual”, por lo que mantenerlos significaría además de perjudicial para las arcas fiscales “erosionando la base imponible”, una virtual “competencia desleal” para quienes gozan de ese tipo de beneficios.

Cooperativas: A partir de la reforma, sólo mantendrán el beneficio de exención “los ingresos que obtienen las cooperativas provenientes de operaciones con asociados, como así también los ingresos que obtienen los asociados por servicios que preste la cooperativa”, pero deberán tributar por cualquier otro tipo de comercialización fruto de “actividades de venta al por menor”, aunque tributarán una alícuota menor.

Empresas de Televisión por cable: Se elimina la exención de Ingresos Brutos, aunque con la aclaración que, de todas formas, seguirán teniendo relación preferencial “con una alícuota reducida en el pago de Ingresos brutos del 2%”, con el fin –asegura- de que no se traslade el esa carga a los usuarios.

La alícuota de Ingresos Brutos se elevará, además, al 3,5% “sobre los contribuyentes de comercios que facturan menos de $30 millones anuales que hasta ahora pagan una alícuota del 3%”.

Ingresos Brutos
Por sobre la quita de los privilegios en materia de esa carga impositiva mencionadas más arriba, el proyecto incrementa, además, un 0,5% para llevar al 5%, la tasa que actualmente tributan en concepto de Ingresos Brutos una numerosa rama de actividades como venta de partes y accesorios de autos; venta de combustible; comercialización de productos agrícolas; venta de alimentos; de bebidas; de productos textiles; de libros, revistas y diarios; de productos farmacéuticos, artículos de óptica; artefactos de iluminación; entre otros.

Atento a la demanda de mayor financiamiento de los Municipios, Scioli aclara en los considerandos de la propuesta oficial que la Reforma Impositiva, “tendrá un especial impacto en los ingresos municipales”.

Así, según afirma el proyecto, los distritos verán incrementados sus ingresos “no sólo por las vías automáticas de la Coparticipación y el resto de transferencias vigentes, sino también por otras medidas que están incluidas en la propuesta y que manifiestan el compromiso del Gobierno Provincial de acompañar a los Gobiernos Municipales”.

Para los distritos que adhieran a la reforma, asegura el proyecto, se incrementará el Fondo de Fortalecimiento de Recursos Municipales. Con una contraprestación de los distritos que funciona como cepo para avanzar en la creación de algunos impuestos que podrían involucrar a las actividades de telefonía, ya que no se podrá regular en ese sentido de manera diferencial en las comunas de la Provincia.

La norma estipula transferir a los municipios, “la administración del impuesto sobre los Ingresos Brutos de aquellos contribuyentes cuya facturación no supere los cuatrocientos cincuenta mil pesos”.

Impuesto a los Sellos
La iniciativa de Scioli aumenta los porcentajes de las alícuotas del impuesto de Sello, que graba diferentes actividades. Entre otras; Venta de billetes de Lotería; Cesión de acciones y derechos; Concesiones; Energía Eléctrica; Inhibición Voluntaria; Locaciones y sublocaciones; Compraventa de Mercaderías y/o bienes muebles; compra-venta de Automotores; Boletos de Compraventa; Cancelaciones total o parcial de derechos; Escrituras Públicas; Adquisiciones de Dominios; Contratos entre privados.

Incluye además una suba en en los porcentajes de sellos en Operaciones de tipo Comercial o Bancario.

Impuesto Automotor
La norma contempla también modificaciones al impuesto Automotor, para incrementar la recaudación de los distritos.

En este sentido, el proyecto del Ejecutivo deroga la “bonificación” en un porcentaje no inferior al 50% para aquellos vehículos municipalizados que cumplimenten las obligaciones relativas a la contratación de seguro de responsabilidad civil hacia terceros, y la realización de la Verificación Técnica Vehicular.

En los considerandos, la norma estipula que ese tipo de obligaciones “son comunes a todos los ciudadanos que posean automóviles, y no ameritan una bonificación extraordinaria”.

Fuente: http://ennotas.com/arba/15931-la-profunda-reforma-fiscal-que-impulsa-scioli-a-la-legislatura/

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