Nuevo Código Civil y Comercial

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El 1° de Agosto comienza su vigencia y será de aplicación a todas las personas humanas y jurídicas, asi como a las relaciones jurídicas existentes a esa fecha

Se realizan modificaciones en cuanto a nombre, capacidad de las personas, protección de la vivienda, convenciones matrimoniales, uniones convivenciales, familia, divorcio y adopción, responsabilidad civil, consumidores, contratos y consumo, empresas, entre otros.

Se destaca la aparición de las Sociedades Anónimas Unipersonales.

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